Google impugnó el plazo de 10 días para que la empresa entregue información durante una investigación por posibles prácticas monopólicas.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó amparar a Google contra los plazos que establece la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) para que entregue información en investigaciones por posibles prácticas monopólicas.
Por unanimidad de votos, los integrantes del Pleno avalaron el proyecto del ministro Irving Espinosa Betanzo en el que confirmó que el artículo 73 de la LFCE, impugnado por Google, es constitucional.
El artículo establece 10 días para entregar información a la Autoridad Investigadora de la Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) cuando ésta la requiera y que dicho plazo puede ampliarse, por única ocasión, hasta por 10 días más cuando la complejidad o el volumen de los datos lo justifiquen.
En el fallo, la Corte estableció que ese plazo y la prórroga única previstos en la ley son racionales con el objetivo que establece el artículo 28 constitucional que obliga al Estado a investigar y sancionar las prácticas monopólicas con eficacia.
El documento añade que pretender prórrogas indefinidas, como lo pretendía Google, dejaría sin contenido el periodo de investigación contemplado en el artículo 71 de la propia LFCE.
El caso derivó de una investigación iniciada por la extinta Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), hoy CNA, en el año 2022 contra Google por posibles prácticas monopólicas en cuanto al procesamiento de pagos para aplicaciones móviles y contenido digital.
Desde enero de 2025, la Cofece requirió información a Google que, luego de agotar el plazo de 10 días y la prórroga que solicitó de otros 10 días, no entregó los dato y pidió más tiempo alegando el volumen de los datos solicitados.
La Cofece rechazó darle más tiempo y le impuso una multa de 2 millones 340 mil 979.74 pesos.
Contra esta decisión, Google tramitó un amparo que le fue negado, pero en el que logró invalidar la multa en su contra, por lo que lo único que quedó firme fue la negativa a una segunda prórroga.
La Corte confirmó que los plazos de la ley son constitucionales y ordenó enviar el expediente a un tribunal Colegiado para que determine si la sentencia de amparo, que invalidó la multa millonaria y dejó firme el rechazo a una nueva prórroga, fue emitida conforme a derecho.
Proceso
Diana Lastiri
Ciudad de México
Martes 16 de junio de 2026.


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