SCJN ordenó gratuidad en posgrados públicos al amparar a alumno de Universidad de Guanajuato dado de baja por no pagar reinscripción
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las universidades públicas deben garantizar la gratuidad en el posgrado, al amparar a un estudiante de la Universidad de Guanajuato que fue dado de baja por no pagar a tiempo la reinscripción, pese a contar con una beca del entonces Conahcyt.
La Corte ordenó la readmisión del alumno e incluso la devolución del monto de la reinscripción, de 20 mil 140 pesos, en caso de que ya los hubiera pagado.
Por mayoría de votos, la Corte resolvió en el amparo en revisión 526/2025 que, desde 2019, la Constitución establece la gratuidad de toda la educación, y que la autonomía universitaria no puede prevalecer por encima de los principios constitucionales. Ante el argumento de insuficiencia de recursos planteado por la universidad, las y los ministros vincularon al Congreso de Guanajuato para que le asigne mayores recursos presupuestales.
«La cancelación de la inscripción es contraria al principio de gratuidad en la educación superior establecido en el artículo 3° de la Constitución, porque la institución educativa se encontraba obligada a garantizar con los recursos asignados la plena eficacia del derecho a la educación superior gratuita, lo cual incluye no sólo a la licenciatura, sino también a la maestría», indicó la ministra Sara Irene Herrerías, autora del proyecto.
El amparo fue interpuesto por un estudiante becado por el Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías (CONAHCYT) desde junio de 2023, quien se retrasó en el pago de la reinscripción al tercer semestre.
La Universidad primero le requirió el pago el 10 de mayo de 2024. El estudiante pagó hasta el 24 de junio, por lo que se le dio de baja. Posteriormente, no dio una explicación por el retraso y, en su lugar, centró su defensa en argumentos legales que cuestionaban la validez misma del cobro y de la sanción impuesta por la Universidad.
La discusión en la Corte se dividió entre Sara Irene Herrerías, Lenia Batres, Giovanni Figueroa, Irving Espinosa Betanzo, Yasmín Esquivel y Arístides Guerrero, quienes sostuvieron que la gratuidad incluso en la educación superior es obligatoria desde 2019, y Estela Ríos y Hugo Aguilar, presidente de la Corte, quienes argumentaron que la reforma determinó que la gratuidad sería gradual, sujeta a disponibilidad presupuestaria. El proyecto, sin embargo, fue avalado también con el voto del ministro presidente, por lo que fueron siete a favor y uno en contra.
«En el ejercicio fiscal 2022, la Universidad de Guanajuato recibió un presupuesto de 3 mil 630 millones 100 mil 691 pesos, recursos públicos que deben ser suficientes para no trasladar los costos al alumnado en la educación superior y, en caso de que no lo fueran, pues corresponde al congreso del Estado, y no a los estudiantes, cubrir ese costo», dijo Batres.
La Universidad defendió el cobro y la cancelación de la inscripción, al señalar que, conforme a la Ley General de Educación Superior, la gratuidad debe implementarse de manera gradual y progresiva condicionada a la suficiencia presupuestal, que las cuotas son necesarias para cumplir con el pago de nómina docente, administrativa y el mantenimiento de las instalaciones, que el alumno contaba con una beca del CONAHCYT, y que él había consentido el cobro al haber pagado semestres anteriores.
El Congreso de Guanajuato, por su parte, argumentó que la transición a la gratuidad depende de recursos federales y estatales, y que mientras no se consoliden esos fondos, no se puede exigir la gratuidad total inmediata.
Reforma
Jorge Ricardo
Ciudad de México
Viernes 8 de mayo de 2026.


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