• La Comisión Reguladora de Energía considera que la multinacional española incumplió la ley al vender electricidad a sus socios
• Tras recibir la denuncia, el regulador solicitó facturas al Servicio de Administración Tributaria (SAT) que prueban, asegura, que Iberdrola recibía pagos por suministrar electricidad a sus socios.
La Comisión Reguladora de Energía (CRE) de México ha multado a Iberdrola con 9.145 millones de pesos, unos 466 millones de dólares. El organismo considera que la multinacional española incumplió la ley al vender electricidad a sus socios. La empresa rechaza haber cometido una ilegalidad y fuentes cercanas señalan que es “previsible” que impugne la resolución ante los tribunales. La decisión es el primer gran castigo a un operador privado desde que el presidente Andrés Manuel López Obrador llegó al poder con la promesa de “rescatar” la soberanía energética del país.
La resolución de la CRE responde a una denuncia presentada en 2020 por la Comisión Federal de Electricidad (CFE), la paraestatal que este Gobierno ha querido fortalecer, contra varias empresas energéticas por supuestas irregularidades administrativas. Entre las compañías denunciadas, figura una planta de ciclo combinado de Iberdrola en Monterrey que abastece a comercios y fábricas por medio de un esquema de autoabastecimiento. Esta central es la acreedora de la sanción.
El meollo de la denuncia y del procedimiento abierto por la CRE se centra en la disputada naturaleza de estos esquemas y la presunta ilegalidad de la venta de electricidad de generadores privados a otras empresas. Tras recibir la denuncia, el regulador solicitó facturas al Servicio de Administración Tributaria (SAT) que prueban, asegura, que Iberdrola recibía pagos por suministrar electricidad a sus socios.
Según la CFE y el regulador, la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica no permite a las generadoras privadas recibir una contraprestación por el suministro de electricidad a sus socios. La ley, cita la resolución, impide “vender, revender o enajenar, por ningún título, directa o indirectamente capacidad o energía eléctrica, salvo los casos autorizados por la LSPEE y su reglamento”.
En opinión de la CRE, la ley solo permite vender electricidad a la CFE y eso cuando existan excedentes o una situación de emergencia. Entre las excepciones no está, según la resolución, el vender electricidad a los socios. “Realizar la generación y entrega de energía eléctrica en su modalidad de autoabastecimiento a sus socios a cambio de una contraprestación equivale a realizar una actividad expresamente prohibida en la ley”, reza la resolución.
Frente a esta postura, Iberdrola ha sostenido que las facturas presentadas por la CRE no demuestran la presunta venta de energía eléctrica y que, en cualquier caso, la ley no impide explícitamente los pagos de sus socias. Las normas “no prohíben, limitan o regulan la relación que debe existir entre los permisionarios y sus socios, por lo cual, dicha relación se encuentra dentro de las actividades libremente permitidas”, ha defendido Iberdrola, según la resolución. Lo que la ley prohíbe, ha dicho, es que se pueda vender energía a empresas que no son socias en el esquema de autoabastecimiento.
La decisión de la CRE, cuyos integrantes han sido propuestos en su mayoría por el presidente, supone un aviso al resto de empresas energéticas que suministran al sector privado y que pueden enfrentarse a sanciones parecidas. Además de considerarlos ilegales, la CFE y el presidente han cargado repetidamente contra los esquemas de autoabastecimiento porque privan a la paraestatal de potenciales clientes e ingresos. Además, acusan a los generadores privados de no pagar suficiente a la CFE por la transmisión.
El País
Jon Martín Cullell
Ciudad de México
Viernes 27 de mayo de 2022.
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